Entidad socia colaboradora
ENTIDADES SOCIAS COLABORADORAS
Las entidades socias colaboradoras de Mondragon Goi Eskola Politeknikoa J.M.A.Scoop. son empresas y otras organizaciones que contribuyen a la consecución del objetivo social de nuestra entidad educativa, centrado en la formación integral de las personas y la generación, transferencia y socialización del conocimiento en el ámbito científico-tecnológico.
Las entidades que actualmente son socias y participan anualmente en la Asamblea General de la Escuela Politécnica son las siguientes:
Beneficios que recibe la entidad socia colaboradora
Se aplica la tarifa correspondiente a empresa colaboradora en prestaciones de servicios (proyectos de transferencia y formación continua)
Disfrutan de un posicionamiento preferencial en la asignación y seguimiento de alumnado
A las personas socias colaboradoras les corresponde 1/3 de los votos sociales en la Asamblea que se distribuirán entre sus representantes
El peso específico de cada entidad socia colaboradora se fija en función de la contribución que se realice
No se retribuyen intereses a las aportaciones
No se aplican extornos
¿Quién puede ser entidad colaboradora?
1. Cooperativas de MONDRAGON
- Aportación a capital social
- Cuota periódica: Exentas, aportan desde otros fondos de MONDRAGON
2. Cooperativas no pertenecientes a MONDRAGON
- Aportación a capital social
- Cuota periódica: 2 modalidades
- Importe concreto acordado anualmente por la Asamblea/Consejo Rector. (91,94€ año 2024) por cada persona trabajadora ubicada dentro del ámbito de actuación de MGEP
- Una aportación resultante de aplicar un criterio equivalente del que resulta beneficiado MGEP en el caso de las entidades socias pertenecientes a la categoría A.
3. Entidades no cooperativas
- Aportación a capital social
- Cuota periódica: Importe concreto acordado anualmente por la Asamblea/Consejo Rector (91,94€ año 2024) por cada persona trabajadora ubicada dentro del ámbito de actuación de MGEP
4. Centros tecnológicos y/o unidades I+D empresarial de MONDRAGON o con participación mayoritaria de otra entidad socia de MGEP
- Aportación a capital social
- Cuota periódica: Exentas
Proceso de incorporación societaria
1. Acuerdo de admisión del Consejo Rector
Recorger condiciones de la colaboración de los derechos y obligaciones
2. Realizar aportación inicial obligatoria
- Cooperativas o entidades controladas por estas: En ningún caso inferior a 300,51€
- No cooperativas: 3,01€ por persona trabajadora con una aportación mínima de 300,51€
3. Suscribir contrato de colaboración
Entre otros aspectos, se determina el abono de la cuota periódica
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